Que ocurre con las deudas y el Buró de crédito de un fallecido

hace 4 años · Actualizado hace 4 años

deudas por fallecimiento

El historial crediticio es un estudio que junta el accionar de la gente como pagadoras o no, si solicitaron algún crédito a lo largo de su historia. En México hoy en día existen dos Sociedades de Información Crediticia (SIC), el Buró de Crédito y el Círculo de Crédito, que son las únicas sociedades con licencia para chequear nuestro historial. Sin embargo, una de las dudas primordiales para la familia de un fallecido es qué acontecerá con las deudas que deja esta persona, más que nada aquellas asociadas a las tarjetas de crédito y préstamos.

Más allá de que cada banco establece un desarrollo diferente en caso de muerte de sus usuarios, la interfaz de servicios financieros Coru.com orienta sobre los pasos en general que se tienen que comprender.

Índice
  1. Cancelar las tarjetas de crédito de un fallecido
  2. ¿Qué ocurre con los adeudos y el buró de crédito de un familiar fallecido?
  3. Cuándo afectan las deudas de los muertos a los vivos

Cancelar las tarjetas de crédito de un fallecido

En inicio, es sustancial entender que las instituciones financieras están obligada a anular una tarjeta de crédito cuando el titular fallece, además eliminan la deuda. En la situación de las tarjetas departamentales, no siempre eliminan la deuda.

Un adeudo por lo general desaparece por dos razones:

1) el tarjetahabiente consigue un seguro al instante de contratar la tarjeta que ampara la deuda en caso de fallecimiento;
2) el banco permite eximir la deuda en la cuenta de crédito cuando el titular fallece.

En los dos niveles, los familiares no tienen la obligación de contemplar la deuda que había en la cuenta al instante del fallecimiento, pero sí de avisar en los próximos 180 días el deceso del entusiasmado.

En el supuesto caso que existan cargos posteriores a la defunción, sí tendrán pagarse, esto aplica tanto en la tarjeta titular como en las tarjetas complementarios.

¿Qué ocurre con los adeudos y el buró de crédito de un familiar fallecido?

Desde que comenzamos una vida crediticia, toda nuestra actividad se tiene dentro en el estudio por mes del Buró o del Círculo de Crédito.

Cuando algún tarjetahabiente o moroso muere, el banco o financiera emite un anuncio al Buró de Crédito, y éste, paralelamente, pone una ‘clave de observación’ en el registro de esa persona para que no se lleve a cabo de la información, entre otras cosas, en la situación de suplantación de identidad.

Cuándo afectan las deudas de los muertos a los vivos

En la situación de créditos mancomunados con aval, obligado solidario, crédito de grupo o semejante, el adeudo se verá del historial crediticio de todos los que son codueños y corresponsables del pago, según detalló a Coru.com, Wolfgang Erhardt Varela, representante del Buró de Crédito. Esto quiere decir que cuando alguien muere, y era un mal pagador, el historial negativo se va a ver reflejado en todos los codueños de ese crédito.

Además, si el crédito que tuvo la persona en vida es de un bien que se puede heredar, el contrato del crédito sí puede perjudicar, para bien o mal, al heredero.

La primordial sugerencia es comprender de seguro los contratos en el apartado de seguros por muerte, además llamados de Liberación de saldos por fallecimiento, Régimen del saldo por fallecimiento, Seguros sobre saldos o Liberación de saldo insoluto.

Además, en caso de haberse vuelto a casar y/o cambiar de beneficiarios legales, es requisito actualizar los datos en bancos y entidades crediticias que corresponden, para que de esta forma, la deuda no pase a personas con quienes por el momento no se tiene relación.

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